La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos garantiza a toda persona, hija de madre y/o padre mexicanos que haya nacido en el extranjero a adoptar esta nacionalidad. Esta condición se formaliza mediante el registro de los hijos e hijas ante un Consulado mexicano o la inscripción del acta extranjera en las oficinas del Registro Civil en México, afirmó la directora del Registro Civil del Estado, Clarivel Rivera Castillo.
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